Justia Lawyer badge
AV Preeminent - Todd G. Cole
BBB badge
AVVO Top Attorney
SuperLawyers
Expertise - Divorce
Expertise - Employment
Client Champion 2023
AV Preeminent
Tennessee Trial Lawyers Association
Rated by Super Lawyers - Rising stars
Verified Lead Counsel

Inmigración: Negocio Y Empleo

Para los trabajadores extranjeros que intentan llegar legalmente a los Estados Unidos, así como para los dueños de negocios que desean contratar trabajadores extranjeros, o para los inversionistas extranjeros que desean obtener la residencia permanente para expandir sus empresas en los Estados Unidos, El grupo Cole (Cole Law Group) y sus abogados de inmigración en Nashville pueden ayudarlo a elegir una opción que funcione mejor para su trabajador o la mejor oportunidad de inversión. Las siguientes son algunas soluciones disponibles para usted:

PERM o Certificación Laboral

Una certificación laboral permanente emitida por el Departamento de Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés) le permite a un empleador contratar a un trabajador extranjero para que trabaje permanentemente en los Estados Unidos. El DOL debe certificar ante USCIS o Departamento de Inmigración que no hay suficientes trabajadores en los Estados Unidos que sean capaces, estén dispuestos, o calificados y estén disponibles para aceptar la oportunidad de trabajo en el área del empleo previsto, y que el empleo del trabajador extranjero no afectará de manera adversa los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar. Los empleados y sus familiares inmediatos pueden calificar para la residencia permanente o la “tarjeta verde” a través de esta certificación.

Visa E-1

Esta es una visa de no inmigrante que permite a las empresas y sus empleados (de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación) trabajar y permanecer en los Estados Unidos en incrementos de hasta 2 años cada uno, para desarrollar su inversión. Los titulares de estas visas deben realizar un comercio sustancial que involucre bienes, servicios, seguros, banca internacional, transporte, turismo, tecnología o actividades de recopilación de noticias. Como requisito, más del 50% del volumen total del comercio internacional debe ser entre los Estados Unidos y el país del tratado.

Visa E-2

Esta visa de no inmigrante permite que un nacional de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación, sea admitido en los Estados Unidos cuando invierte una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense. Como requisito debe tener un 50% de propiedad de una empresa de buena fe o control operativo a través de una posición gerencial. Estos inversionistas deben tener al menos $ 50,000 para invertir en los Estados Unidos. También pueden traer a sus empleados extranjeros con ellos si cumplen ciertos requisitos.

Visa H-1B

El programa H-1B permite a las empresas en los Estados Unidos emplear temporalmente a trabajadores extranjeros que tienen conocimientos especializados (como mínimo, una licenciatura o su equivalente en el área específica de especialización). El procesamiento premium o expedito ahora está disponible para todos los solicitantes que buscan Visas H-1B. USCIS determinará si una petición en particular está sujeta o no al límite de FY 2018.

Visa H-2A

Esta es una visa de no inmigrante para trabajadores extranjeros en puestos temporales o de carácter estacional que están haciendo trabajo agrícola. En general, se debe solicitar una única certificación laboral temporal válida del DOL de los Estados Unidos con la petición H-2A. (Existe una excepción limitada a este requisito en ciertas “circunstancias emergentes”).

Visa H-2B

Esta visa es para trabajadores extranjeros en puestos temporales de trabajo no agrícola. Existe una carga estacional o una necesidad intermitente para estos trabajadores. Los solicitantes H-2B también deben proporcionar una única certificación válida de trabajo temporal del DOL de los Estados Unidos.

Visa L-1

La visa L-1 para personas trasladadas dentro de una empresa que pasa a ser la sucursal o afiliada de otra existente en su país de origen (que es propiedad de los padres, del empleado o de la familia u otros afiliados). Es una visa de no inmigrante que permite a los trabajadores extranjeros la entrada temporal y el permiso para trabajar en puestos directivos o como empleados con “conocimientos especializados”. Hay clasificaciones L1-A y L1-B. Estos trabajadores pueden ajustar su estatus como residentes permanentes legales u obtener su “tarjeta verde” más adelante.

Visa O-1

Esta visa de no inmigrante es para personas con habilidades extraordinarias en campos como arte, educación, ciencia, negocios, deportes, cine y televisión. Esta visa le permitirá a la persona trabajar temporalmente en los Estados Unidos por la duración de un proyecto. Todas las personas que solicitan una visa O-1 necesitan un patrocinador empleado que le solicite.

Visa EB-1

Usted puede ser elegible para una visa de inmigrante de primera preferencia basada en el empleo si tiene una habilidad extraordinaria, como un profesor, investigador destacado o un ejecutivo o gerente multinacional. Para la visa EB-1, aquellos con habilidades extraordinarias en deportes, ciencias o artes no necesitarían un empleador patrocinador, mientras que los ejecutivos e investigadores notables deben tener un empleador patrocinador.

Visa EB-2

Usted puede ser elegible para una visa de inmigrante de segunda preferencia basada en el empleo si es un profesional con un título avanzado o su equivalente, o un extranjero que tiene una capacidad excepcional en ciencias, artes o negocios. Las peticiones de segunda preferencia basadas en el empleo generalmente deben ir acompañadas de una certificación laboral aprobada por el Departamento de Labor (DOL). Los extranjeros que buscan una exención de interés nacional pedirán que la Certificación Laboral sea dispensada porque es en el mejor interés de los Estados Unidos, y el beneficiario necesita cumplir con los criterios.

Visa EB-3

Usted puede ser elegible para esta categoría de preferencia de visa de inmigrante si es un trabajador calificado (2 años o más de experiencia), un profesional (posee una licenciatura o un título extranjero) u otro trabajador. Las peticiones de tercera preferencia generalmente deben ir acompañadas de una certificación laboral individual aprobada por el Departamento de Trabajo. El empleador (solicitante) debe presentar una Petición para un trabajador extranjero y, como parte del proceso de solicitud, debe poder demostrar la capacidad de pagar el salario ofrecido a partir de la fecha de prioridad de la visa del trabajador.

Visa EB-4

Usted puede ser elegible para una visa de cuarta preferencia basada en el empleo si es un inmigrante especial, algunos de los cuales expiraron el 8 de diciembre de 2017(trabajadores religiosos): Jóvenes Inmigrantes Especiales, Radiodifusores o periodistas, Organización Internacional G-4 o Empleado de la OTAN-6 y sus familias, miembros de las Fuerzas Armadas, empleados de la Zona del Canal de Panamá, ciertos médicos, traductores afganos e iraquíes y los nacionales afganos e iraquíes que han brindado un servicio fiel en apoyo de las operaciones de los EE. UU.

Visa EB-5

El Programa de Visa EB-5 permite a los inversionistas en nuevas empresas comerciales presentar una petición de inmigrante. Luego de la aprobación de este ajuste de Estatus como Residente Permanente Legal o al ser admitido en los Estados Unidos con una visa de inmigrante EB-5, el inversionista EB-5 y familiares inmediatos o derivativos recibirán la residencia permanente condicional por un período de 2 años, después de los cuales tienen que aplicar para remover estas condiciones. Las dos peticiones más comunes se enumeran a continuación:

  • I-924. Este formulario es presentado por las empresas estadounidenses que han creado lo que se conoce como un centro regional EB-5 que puede recibir dinero de varios inversionistas extranjeros. Estos centros están limitados geográficamente y pueden ser gestionados de forma privada o pública. Un centro regional EB-5 puede ser la opción correcta para un inversionista que no quiere tomar un papel directo en la gestión de su inversión.
  • I-526. Esta petición es para inmigrantes que quieren venir a los Estados Unidos para ser empresarios. Si bien la cantidad que deben invertir variará según la región, el gobierno de los Estados Unidos utiliza un millón de dólares como referencia. En algunas áreas de bajos ingresos, conocidas como áreas de empleo específicas, solo tendrá que invertir $ 500,000. La I-526 es la mejor opción para los emprendedores que desean desempeñar un papel práctico en la gestión de sus inversiones.

Visas P-1, P-2 Y P-3

La clasificación P-1 le permite a un ciudadano extranjero venir a los Estados Unidos para desempeñarse temporalmente en una competencia atlética específica como individuo, o como parte de un grupo o equipo y en un nivel de desempeño reconocido internacionalmente. La clasificación P-2 le permite a un nacional extranjero actuar temporalmente como artista o animador, individualmente o como parte de un grupo, que actuará bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país. La clasificación P-3 permite a un ciudadano extranjero venir a los Estados Unidos temporalmente para actuar, enseñar o entrenar como artistas o artistas, individualmente o como parte de un grupo, bajo un programa que es culturalmente único.

Visa R-1

Esta visa es para trabajadores religiosos que desean venir a los Estados Unidos de forma temporal para trabajar en una organización religiosa sin fines de lucro. Para calificar, el extranjero debe haber sido miembro de una denominación religiosa que tenga una organización religiosa sin fines de lucro de buena fe en los Estados Unidos durante al menos dos años inmediatamente antes de la presentación de la petición.

Admisión Empresarial Internacional

Esta entrada o admisión permitiría que ciertos empresarios internacionales sean considerados para su admisión al puerto de entrada como una forma de hacer crecer sus negocios en los Estados Unidos. Se les puede otorgar una estadía inicial de hasta 2 años. Esta regla se encuentra actualmente en revisión.

Client Reviews

"Cole Law Group has been nothing short of spectacular for myself and family. Their knowledge and experience is a solid and valuable asset to have at one's disposal in today's world."

R.F.

"Communicative, collaborative, and professional to the core!"

J.K.

"A beacon of hope when my choices were limited (...). Not only were they able to look out for my best interest, but their calm and empathetic demeanor offered me both amazing legal advice and emotional support. I am eternally grateful for their service, and I wholeheartedly recommend Cole Law Group...

D.B.

"Now, as professionals, just astounding. There was such a calmness and a genuine strength that they exhibit because they simply know the law. It was amazing to see the back and forth of their work and never once be wavering or scrambling. There was not one time this entire process where I knew I...

M.Z.

"This group can get anything you need done! They can do just about any kind of court issues! When you hire these guys you will walk away feeling confident that they will get things done for you!"

S.G.

Excellent team, responsible, honest, accessible and above all human.

I.I.

Contact Us

  • White Bullet List Video Conferencing Available
  • White Bullet List Responsive Client Service
  • White Bullet List Fluent in Spanish
Fill out the contact form or call us at (615) 490-6020 to schedule your consultation.

Leave Us a Message